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Guía sobre cómo prevenir riesgos en trabajos con máquinas de construcción

En la Guía se detallan todo lo que necesita saber el empresario sobre seguridad y mantenimiento de maquinaria relacionada con construcción

  • AICA quiere facilitar el cumplimiento de la normativa y promover la reducción de la siniestralidad laboral a través de la difusión de buenas prácticas

El Gabinete de Prevención de Riesgos Laborales de AICA, con la colaboración de ASIFOR Ingeniería y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, ha elaborado una ‘Guía de Prevención de Riesgos Laborales con Máquinas de Construcción’.


El objetivo es informar al empresario y recordarle los riesgos y medidas preventivas a aplicar en todos aquellos trabajos de construcción en los que se utilicen máquinas, desde la adquisición de la misma por parte del empresario, mantenimiento (técnico y documental), así como su correcta utilización por parte de los trabajadores.


Esta guía pretende establecer las pautas necesarias a la hora de la elección de una máquina. En primer lugar, los empresarios sólo realizarán la adquisición de maquinaria que cumpla con las normas preventivas en vigor. Los técnicos y personal responsable, dispondrán de un instrumento a través de cual podrá controlar la documentación necesaria, mantenimientos de la maquinaria y el uso correcto de las mismas por parte de los trabajadores. Además, el personal utilizará estas máquinas y equipos de trabajo de forma segura.


Todo se enmarca dentro del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, este Real Decreto transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva europea 89/655/CEE de noviembre de 1989, modificada posteriormente por la directiva 95/63/CE de 5 de diciembre, que establece disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.


De forma paralela El RD 1435/92, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas, posteriormente modificado por el RD 1644/2008 de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas, por lo que su finalidad es garantizar la seguridad de las mismas.


Las máquinas comercializadas y /o puestas una vez entrada en vigor este Real Decreto, deberán disponer de un marcado CE, declaración de conformidad CE y manual de instrucciones en castellano. Las máquinas fabricadas con anterioridad al 1 de enero de 1995 se deberán adaptar a lo dispuesto al RD 1215/1997, donde se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.


Aquellas máquinas fabricadas en los países no pertenecientes a la Unión Europea, al margen de la fecha de fabricación, deberán someterse al marcado “CE” siempre que la importación se realizará después del 1 de enero de 1995, directiva que afecta a las máquinas comercializadas por primera vez en EU.


En el anteriormente mencionado Real Decreto 1215/97 se establecen una serie de obligaciones al empresario desde el momento que adquiere un equipo de trabajo, mantenimientos y posterior utilización por parte de sus trabajadores, encaminados a que se cumplan la normativa preventiva, protección de los trabajadores, adopción de las medidas preventivas, incluyendo de igual forma la formación e información de los trabajadores.


La ‘Guía de Prevención de Riesgos Laborales con Máquinas de Construcción’ es la cuarta que elabora AICA este año y está disponible para consultar o descargar en la página web del Gabinete de Prevención de Riesgos Laborales de AICA www.aicaprevencion.com o directamente a través del siguiente enlace.


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